View Other Languages

We’ve gone social!

Follow us on our facebook pages and join the conversation.

From the birth of nations to global sports events... Join our discussion of news and world events!
Democracy Is…the freedom to express yourself. Democracy Is…Your Voice, Your World.
The climate is changing. Join the conversation and discuss courses of action.
Connect the world through CO.NX virtual spaces and let your voice make a difference!
Promoviendo el emprendedurismo y la innovación en Latinoamérica.
Информация о жизни в Америке и событиях в мире. Поделитесь своим мнением!
تمام آنچه می خواهید درباره آمریکا بدانید زندگی در آمریکا، شیوه زندگی آمریکایی و نگاهی از منظر آمریکایی به جهان و ...
أمريكاني: مواضيع لإثارة أهتمامكم حول الثقافة و البيئة و المجتمع المدني و ريادة الأعمال بـ"نكهة أمريكانية

25 enero 2007

Principios rectores sobre las organizaciones no gubernamentales (ONG)

Departamento de Estado, Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo

 

(comienza el texto)

Reconociendo que las organizaciones no gubernamentales (ONG)* son esenciales para el progreso y éxito de las sociedades libres y que desempeñan una función decisiva para asegurar que las administraciones sean responsables y democráticas,

Recordando, además, los derechos de libertad de expresión, reunión pacífica y asociación, consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas; el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Defensores de los Derechos Humanos,

Nos comprometemos por la presente a los siguientes principios, así como a esforzarnos por lograr que se cumplan plenamente en todo el mundo:

1.         Permitir que cada persona forme las ONG de su preferencia, que se incorpore a ellas y participe en sus funciones, en el ejercicio de sus derechos de libertad de expresión, reunión pacífica y asociación.

2.         Imponer únicamente restricciones sobre el ejercicio por los miembros de las ONG de los derechos de libertad de expresión, reunión pacífica y asociación que sean compatibles con las obligaciones jurídicas internacionales.

3.         Permitir que las ONG lleven a cabo sus labores pacíficas en un ambiente hospitalario, sin miedo al acoso, las represalias, la intimidación y la discriminación.

4.         Reconocer la autoridad de los gobiernos, con el fin de promover el bienestar público, para regular a las entidades que actúen en su territorio, siempre y cuando velen para que esas medidas legales y administrativas protejan y no impidan el funcionamiento pacífico de las ONG y se hagan cumplir de forma apolítica, justa, transparente y consecuente.

5.         Fundar las acciones judiciales penales y civiles que entablen los gobiernos contra las ONG, al igual que contra cualquier persona física o moral, en los principios del respeto por las garantías legales y la igualdad ante la ley.

6.         Permitir a las ONG que soliciten, obtengan, gestionen y administren fondos para sus actividades pacíficas provenientes de entidades nacionales, extranjeras e internacionales.

7.         Permitir que las ONG busquen, obtengan e impartan información e ideas, lo que comprende propugnar sus opiniones ante los gobiernos y el público de dentro y fuera de los países donde tengan la sede.

8.         Impedir que los gobiernos se interpongan en el acceso de las ONG a los medios de información nacionales y extranjeros.

9.         Permitir que las ONG se mantengan en relación con sus propios miembros y con otros elementos de la sociedad civil dentro y fuera de los países donde tengan la sede, y que cooperen con ellos, así como con los gobiernos y con los organismos internacionales.

10.       Actuar las naciones democráticas en la defensa indispensable de los principios antedichos de las ONG, cada vez que estos se infrinjan.

•           *Por ONG se entiende en este documento las asociaciones independientes de promoción de normas públicas, las organizaciones sin fines de lucro que defienden los derechos humanos y fomentan la democracia, las asociaciones humanitarias, las fundaciones y los fideicomisos privados, y las sociedades, asociaciones, entidades y fideicomisos benéficos.  Los partidos políticos están excluidos.

(termina el texto)

(Distribuido por la Oficina de Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de Estados Unidos. Sitio en la Web: http://usinfo.state.gov/esp)

Marcar página con:    ¿Qué es esto?