19 noviembre 2008

La Declaración Universal de Derechos Humanos cumple 60 años

Claude Welch

 
Eleanor Roosevelt con la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Eleanor Roosevelt observa la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Este artículo pertenece al periódico electrónico de noviembre de 2008 “60 años de la Declaración de Derechos Humanos, 1948-2008”. Para consultar los demás artículos de este periódico haga clic a la derecha.

Claude Welch es catedrático de servicios distinguidos de la Universidad del Estado de Nueva York (SUNY) y catedrático de ciencias políticas de SUNY en Búfalo. Ha publicado 14 libros y cerca de 40 capítulos y artículos académicos sobre cuestiones tales como derechos humanos, política africana y el papel de las fuerzas armadas en los asuntos políticos, entre otras. En 2006, recibió el primer premio en reconocimiento a la vida profesional (Lifetime Achievement Award) concedido por la empresa de servicios financieros TIAA-CREF y la Fundación de Investigación de SUNY.

El 10 de diciembre marca un hito importante: En esa fecha, hace 60 años, las Naciones Unidas ratificaron la Declaración Universal de Derechos Humanos y con ello dieron paso a una nueva era de la historia internacional. Por qué es importante la Declaración Universal de Derechos Humanos, cómo se forjó, qué dice y cuáles fueron sus resultados son el tema de este artículo.

Por qué es importante la Declaración Universal

La Declaración Universal es uno de los documentos más importantes del siglo XX. Se ha traducido a 337 idiomas. Se ha convertido en la piedra de toque de las acciones de los gobiernos, individuos y grupos no gubernamentales. Ha sido ratificada por todos los países del mundo. Prácticamente, ningún otro instrumento internacional puede reclamar este honor. En resumen, la Declaración ha adquirido un significado moral y político que pocos documentos poseen.

La Declaración Universal ofrece una guía de las actividades actuales y una serie de ideas para la ejecución futura en el ámbito nacional. Cada vez más, sus principios se han ido incorporando en las acciones de los gobiernos, y es la base de la Carta Internacional de Derechos y de otros acuerdos fundamentales de derechos humanos. Además, la Declaración Universal ha demostrado ser una base sorprendentemente flexible para la continua ampliación e intensificación del concepto de derechos humanos. ¿Cuántos tratados pueden reclamar tales honores?

La Declaración Universal fue una respuesta a la horrenda destrucción de pueblos, países e infraestructuras de la Segunda Guerra Mundial. Casi toda Europa había quedado arrasada por el conflicto. Gran parte de Asia también había sido destruida por la guerra. Era necesaria una vasta labor de reconstrucción para que la gente pudiera volver a la “normalidad.” Y con el fin de la guerra, las reacciones nacionalistas contra los regímenes extranjeros y las exigencias de independencia indicaron que el nuevo mundo de la posguerra no estaría necesariamente libre de conflictos. En resumen, era esencial un nuevo comienzo. La Declaración Universal de Derechos Humanos surgió como resultado directo de este anhelo por una nueva serie de normas.

Cómo se forjó la Declaración Universal

Los efectos de la Segunda Guerra Mundial se habían dejado sentir directa o indirectamente en todos los países del mundo. Setenta millones de personas perdieron la vida. La planificación de una futura organización internacional que sucediera a la Sociedad de Naciones comenzó durante la guerra. En la primavera de 1945, 50 gobiernos y centenares de organizaciones no gubernamentales se reunieron en San Francisco. Los estados elaboraron la “constitución” de una nueva Organización de las Naciones Unidas. La “carta” resultante incorporaba ideas tanto “oficiales” como “extraoficiales”.

El Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas incluye estas famosas palabras:

Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos … a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas,…

Muchas reflexiones, tiempo y energía se dedicaron a decidir la estructura de las Naciones Unidas. Muchos lectores reconocerán y conocerán las funciones y las atribuciones de la Asamblea General (donde tienen su escaño los 192 miembros de las Naciones Unidas) y el Consejo de Seguridad (integrado por 10 miembros elegidos y cinco permanentes). Mucho menos conocidas son las secciones de las Naciones Unidas dedicadas exclusivamente a los derechos humanos.

La Carta de las Naciones Unidas dispone el establecimiento de una comisión de derechos humanos. Eleanor Roosevelt, viuda del presidente de EE.UU. Franklin Delano Roosevelt, fue su presidenta. Con ayuda de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la nueva Comisión de Derechos Humanos estudió las distintas maneras en que culturas, naciones y filósofos de distinto talante veían los derechos humanos. Estas múltiples perspectivas dieron a la comisión un conocimiento más profundo de la cuestión y repercutieron favorablemente en su trabajo.

En septiembre de 1948 la Comisión envió su borrador a la Asamblea General. Prolongados debates esclarecieron el lenguaje del texto y contribuyeron a la formación de un consenso. Los debates y la aprobación requirieron dos años enteros, durante los cuales se celebraron  81 reuniones, se introdujeron 168 enmiendas en el texto del borrador, y se emitieron cerca de 1.400 votos. El momento culminante llegó el 10 de diciembre de 1948. La Asamblea General aprobó la Declaración Universal sin que se emitiera un sólo voto en contra, aunque ocho estados se abstuvieron. Esta fue una conclusión excepcional para un proceso extraordinario.

Lo que dice la Declaración Universal

La Declaración Universal de los Derechos Humanos estableció una serie de objetivos, unos para cumplirse inmediatamente, otros, tan pronto como fuera posible. También sentó las bases de una serie de otros acuerdos internacionales, tanto mundiales como regionales. Por último, la Declaración inspiró a gentes de todo el mundo a reclamar sus derechos, no simplemente aceptar el dictado de otros.

La Declaración ofrece un “ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”. Tanto los “individuos como las instituciones” deben promover  “el respeto a estos derechos y libertades … por medidas progresivas ...”  El objetivo es  asegurar “su reconocimiento y aplicación universales y efectivos”.

Toda la Declaración se sustenta en un valor básico. “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, estipula el Artículo 1. Esta afirmación va en contra de siglos de prácticas y creencias generalizadas. La Declaración Universal por sí sola no pudo dar marcha atrás o cambiar las actitudes populares. No obstante, marcó la dirección apropiada.

Tal vez más importante, la claridad y el estilo directo de su lenguaje inspiró a millones de personas. Un creciente número de traducciones y esfuerzos conscientes de propagar el mensaje de la Declaración popularizó sus principios. Hombres y mujeres de todas latitudes reconocieron que tenían derechos de los que ningún gobierno debería privarles.

Los redactores de la Declaración Universal se inspiraron en varias tradiciones jurídicas y filosóficas. Muchos de sus 30 artículos tratan de derechos civiles y políticos, que protegen a los individuos de los gobiernos y de abusos privados condonados por el estado. Otros consideran libertades comunes a todas las personas, como la libertad de expresión. Y algunos más, establecen derechos económicos, sociales y culturales, como el acceso a la educación y el derecho al trabajo.

Los resultados de la Declaración Universal

Incluso más importantes que el lenguaje edificante de la Declaración Universal han sido sus resultados. En derecho internacional, varios importantes tratados, ratificados por más de 100 países, tienen su origen en la Declaración. Entre ellos figuran los siguientes, citados por orden cronológico:

-        La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965);

-        El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966);

Delegada en su trabajo durante la sesión de 2007 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
Delegada en su trabajo durante la sesión de 2007 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

-        El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966);

-        La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979);

-        La Convención contra la tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos, o Degradantes (1984);

-        La Convención sobre los Derechos del Niño (1989).

Cuando un país ratifica un acuerdo internacional, asume una obligación legal. Los ciudadanos de los estados signatarios de la Declaración y su progenie tienen derechos, que tal vez no hayan disfrutado antes plenamente, porque su gobierno ha reconocido esos derechos y se ha comprometido a respetarlos. Los signatarios de muchos tratados de derechos humanos deben preparar y enviar informes periódicos sobre las libertades de sus ciudadanos. Todos estos informes van a manos de especialistas de las Naciones Unidas que los estudian detenidamente y recomiendan los cambios necesarios.

Agrupaciones de ciudadanos envían cada vez con más frecuencia sus propios informes con detalles adicionales. De este modo, se están realizando las esperanzas de los redactores de la Declaración Universal: La gente tiene voz para decidir su propio destino.

Otros acuerdos internacionales derivados de la Declaración Universal son los siguientes:

-        El enjuiciamiento de delincuentes acusados de crímenes de guerra por la Corte Penal Internacional, en funcionamiento desde 2002;

-        La “responsabilidad de proteger”, aprobada por la Asamblea General en 2005, que impone a los países la obligación moral de ayudar a los estados devastados por disturbios generalizados o guerras civiles;

-        Un acuerdo de agosto de 2006 sobre un proyecto de convención de los derechos de los discapacitados;

-        La adopción por las Naciones Unidas en septiembre de 2007 de una Declaración Universal sobre los derechos de los pueblos indígenas;

-        La reducción o eliminación de la pena de muerte en gran parte de Europa y otros lugares;

-        La decisión de prestar más atención a la forma en que las empresas internacionales afectan a los derechos humanos en los lugares en que llevan a cabo sus actividades.

Estos acontecimientos exigieron considerables deliberaciones. Cerca de 20 años transcurrieron entre la aprobación de la Declaración Universal y la “entrada en vigor” — es decir, su plena aceptación como derecho internacional — de los dos pactos internacionales mencionados anteriormente. Veinticinco años de deliberaciones precedieron a la aceptación por la Asamblea General de la Declaración Universal sobre los derechos de los pueblos indígenas. En cambio, el acuerdo sobre el establecimiento de la Corte Penal Internacional se completó en cuatro años y la Convención de los Derechos del Niño en menos de un año. Por tanto, no hay una norma.

¿Qué queda por hacer?

A lo largo de 60 años, la Declaración Universal de Derechos Humanos ha demostrado su durabilidad. Sin embargo, el debate continúa.

Los distintivos culturales siguen dando lugar a discusiones sobre la universalidad de la Declaración. Aunque los principios de la Declaración Universal se han reafirmado una y otra vez todavía hay quienes alegan que las culturas o regiones difieren tanto entre sí que no permiten la existencia de normas universales.

Otra polémica gira en torno al derecho de las personas que pertenecen a grupos étnicos o a minorías nacionales. Como individuos, no pueden ser objeto de discriminación por razón de su origen. No obstante, desventajas de larga data económicas o políticas, las actitudes sociales profundamente arraigadas y similares actitudes contra los grupos a los que pertenecen suscitan difíciles cuestiones. ¿Tienen derechos los grupos?

También existe incertidumbre con respecto a las personas desplazadas dentro de su país. Se trata de individuos que no pueden vivir en su residencia habitual a causa de un conflicto, pero que no han cruzado una frontera internacional. Las personas desplazadas dentro de su país viven en condiciones horrendas y peligrosas. También están en una tierra de nadie desde el punto de vista jurídico. Si hubieran salido de su propio país, habrían disfrutado de la protección jurídica internacional. Al haber permanecido en casa o cerca de casa, siguen expuestas a numerosos problemas.

Otro objeto de controversia es el que versa sobre el mejor modo de resolver conflictos civiles en gran escala. ¿Debe intervenir la comunidad internacional  por motivos humanitarios?, ¿se deben establecer comités de conciliación o grupos similares para esclarecer la “verdad”?, ¿se deben alentar las negociaciones entre grupos rivales con la promesa de amnistía para los acusados de crímenes de guerra? o ¿estará la justicia mejor servida si se trata de arrestarlos y juzgarlos en la Corte Penal Internacional?, ¿hasta donde debe llegar la obligación del “derecho de proteger”?, ¿quién debe asumir la responsabilidad de cualquier intervención coercitiva?

También existe desacuerdo en cuanto a las disculpas y reparaciones por anteriores injusticias contra los derechos humanos. La violencia anterior contra gran número de personas de otra nacionalidad puede agriar, y de hecho agria, las relaciones entre gobiernos y sus poblaciones. Por tanto, todo este terreno está sembrado de dificultades  políticas, independientemente de su importancia para los derechos humanos en general.

Las comisiones para el establecimiento de la verdad y las agrupaciones para la verdad y la reconciliación ofrecen otra dimensión, que muestra la evolución y el desarrollo de los derechos humanos. Investigan abusos anteriores. Su establecimiento sugiere que los “malas acciones humanas” cometidas anteriormente no pueden permanecer ocultas eternamente.

Las graves dificultades económicas menoscaban, o incluso eliminan, la capacidad del individuo de disfrutar de derechos humanos plenos. Si los derechos humanos “empiezan con el desayuno”, todas las personas deben tener oportunidades razonables de empleo y educación. Deben poder escapar de las garras de la pobreza y evitar el efecto debilitante de la malnutrición y las enfermedades endémicas. La Declaración Universal se refiere a estas cuestiones en términos generales. No obstante, todavía existen graves problemas de desigualdades económicas dentro de los países y entre ellos. El despilfarro o las prácticas corruptas de las autoridades gubernamentales reducen los recursos disponibles para otras necesidades.

Por último, y en muchos aspectos más importante, la Declaración Universal de Derechos Humanos no se puede hacer cumplir por medios coercitivos “tradicionales”. Las Naciones Unidas carecen de fuerzas armadas propias, tienen que recurrir a la ayuda de las fuerzas militares de otros estados. Los organismos de las Naciones Unidas que se ocupan directamente de los derechos humanos, como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, con sede en Ginebra, disponen de escasos fondos.

No obstante, una mirada retrospectiva a 1948 nos permite comprobar que se han hecho importantes adelantos. Un documento idealista se ha convertido en una realidad viva. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se debe celebrar por su sólida base y flexible estructura. El 1 de diciembre de 2008, merece ser celebrado en todo el mundo.

Las opiniones expresadas en este artículo no reflejan necesariamente el punto de vista ni las políticas del Gobierno de  EE.UU.

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