16 septiembre 2008

La libertad de culto y los tribunales

 
El Tribunal Supremo decide los debates sobre temas religiosos en Estados Unidos.
El Tribunal Supremo decide los debates sobre temas religiosos en Estados Unidos.

Este artículo pertenece al periódico electrónico de agosto de 2008 “Libertad de Credo - Minorías Religiosas en Estados Unidos”. Para consultar los demás artículos de este periódico haga clic a la derecha.

Por Andrew C. Spiropoulos

“El Congreso no aprobará ninguna ley con respecto al establecimiento de religiones o la prohibición del libre ejercicio de las mismas...”

Cuando los ciudadanos consideran que una ley infringe este principio de la Constitución de EE.UU. recurren a los tribunales, a los que la Constitución ha encomendado la custodia de estos principios. Los ciudadanos pueden impugnar una ley por establecer un credo o restringir el libre ejercicio de la religión de manera impracticable. Los tribunales tienen que decidir si las leyes vigentes se han apartado de ese principio fundamental de libertad de religión.

EJournal USA pidió a Andrew C. Spiropoulos, catedrático de derecho y director del Centro para el Estudio de Ciencias Políticas y Derecho Constitucional del Estado, de la Facultad de Derecho en Oklahoma City, que mostrara una serie de casos legales hipotéticos relativos a la cláusula libre sobre ejercicio y establecimiento de religiones. En cada caso Spiropoulos ideó personajes y lugares ficticios. Esbozó una serie de situaciones, describió los respectivos argumentos legales del demandante y del gobierno, y sugirió el fallo probable de un tribunal en cada caso concreto. Los “fallos” son sólo interpretaciones de lo que diría un tribunal, pero se basan en decisiones judiciales reales. Leídos colectivamente, estos casos trazan las líneas imprecisas, pero reales, entre lo que constituye actos gubernamentales permisibles e impermisibles en cuestión de fe.

Caso 1

Hechos comprobados: William Davis profesa una religión nativa americana. Uno de sus más importantes sacramentos exige el uso de una droga estupefaciente. Las leyes del Estado de West Mountain, donde reside de Davis, tipifican como delito grave la posesión de esta droga. Cuando el patrón de Davis descubrió que éste había consumido la droga como parte de su culto, le despidió. En vista de que Davis había sido despedido por cometer un acto ilegal, el Estado de West Mountain le negó las prestaciones que reciben habitualmente quienes pierden el empleo. Davis ha llevado a los tribunales al Estado de West Mountain para obligarle a concederle sus prestaciones, porque cree que Estados Unidos no permite al Estado de West Mountain decidir que el uso de esta droga en sus ceremonias religiosas sea ilícito.

Alegato del demandante: Davis alega que al negarle las prestaciones, el Estado ha limitado indebidamente su derecho al libre ejercicio de su religión que le garantiza la primera enmienda de la Constitución de EE.UU. Alega que la ley que el Estado adujo para negarle las prestaciones por desempleo — ley que tipifica de delito la posesión del estupefaciente — infringe la Constitución, ya que le hace difícil, si no imposible, el ejercicio de su religión. La ley obliga a Davis a infringir los dictados de su fe o ir a la cárcel por infringir la legislación sobre drogas. La Constitución, añade Davis en su alegato, sólo le permite al Estado impedir a alguien el ejercicio de su fe si: 1) el Estado tiene una razón poderosa y 2) la aplicación de la ley es el único medio por el que el Estado puede impedirle usar el estupefaciente en su práctica religiosa. Él no se perjudica ni perjudica a otros; no usa el estupefaciente como la persona que hace uso indebido de ella por placer; y no tiene intención de vender el estupefaciente a nadie. O dicho de otro modo, el Estado no puede demostrar que tenga sentido aplicar esta ley a Davis.  Sin una razón poderosa para limitar la libertad de religión de Davis, la Constitución no le permite al Estado castigarle.

Alegato del Estado: El Estado alega que no niega a Davis su derecho al libre ejercicio de su religión. La ley por la que se prohíbe la posesión del estupefaciente no se aplica solamente a las personas religiosas; se aplica a todos. El Estado alega que está investido de la autoridad constitucional para exigir a Davis cumplir esa ley siempre que se lo exija hacerlo igualmente a todas las demás personas, tanto religiosas como no religiosas. El Estado alega que no necesita aducir una razón poderosa para hacer cumplir la ley y que la aplicación de la ley es el único medio de satisfacer ese objetivo. Todo lo que tiene que aducir es alguna razón legítima que justifique la ley, y ofrece una: que al gobierno le será más fácil hacer cumplir sus leyes contra el uso ilícito de drogas si no tiene que preocuparse de hacer excepciones para individuos como Davis, que creen que tienen una razón de peso para infringir la ley.

Fallo probable: En este caso, el tribunal fallará a favor del Estado. El tribunal probablemente decidirá que si la aplicación de una ley hace difícil para una persona religiosa— tal vez, imposible — el ejercicio de su fe, la Constitución no le da el derecho a desobedecer la ley.  Mientras la ley se aplique a todas las personas, religiosas y no religiosas, y se aplique de manera imparcial a todo el que la infrinja, el Estado puede aplicar la ley siempre que pueda aducir alguna razón sensata que la justifique. O dicho de otro modo, el Estado no tiene que eximir a las personas religiosas de los requisitos de una ley imparcial.

Caso 2

Hechos comprobados: La iglesia del Nuevo Orden practica la fe utópica. Su liturgia incluye el sacrificio de animales: palomas, aves de corral, cabras y ovejas entre otros. El sacrificio de animales es parte importante de la religión utópica en sus sacramentos, para la iniciación de nuevos miembros y sacerdotes, en sus oraciones por los enfermos y en una celebración anual. A muchos residentes de la ciudad de Palm Leaf, donde la iglesia desea establecerse, les preocupa la práctica del sacrificio de animales.  La consideran desagradable y molestosa y creen que puede plantear una amenaza a la salud pública. Han pedido a la ciudad que prohíba a la iglesia sacrificar animales. La ciudad ha dictado una ordenanza por la que se declara ilegal matar a un animal como parte de un ritual o ceremonia, pero no para fines de alimento o vestido, deporte, experimentos científicos o control de plagas. La iglesia se ha querellado con la ciudad para impedir su injerencia en sus servicios religiosos.

Alegato del demandante: La iglesia opina que la ordenanza de Palm Leaf por la que se prohíbe matar animales priva a sus miembros de su derecho amparado por la Constitución al libre ejercicio de su religión. Alega que la ley no otorga el mismo trato a personas religiosas y no religiosas. Si bien, a primera vista, parece que la ordenanza se aplica a todo el mundo, un estudio más detallado revela que, en realidad, sólo se aplica a personas religiosas. Sólo las personas religiosas sacrifican animales como parte de un ritual o una ceremonia, y éste es el único motivo por el que este sacrificio se ha declarado  ilegal. Otras muchas formas de sacrificio de animales, como matarlos para usarlos como alimento, o cazarlos por deporte, no están prohibidas.  También es obvio que la ciudad deliberadamente dictó esta ley para impedir la práctica la fe utópica a sus fieles. Sólo dictó la ordenanza en respuesta al reclamo hostil de otros residentes. Como mínimo, la Constitución estipula que el gobierno no establecerá distinciones entre ciudadanos religiosos y no religiosos, ni actuará deliberadamente con hostilidad hacia cualquier religión. En el caso de Palm Leaf, se puede inculpar a una persona por practicar su fe, mientras que otra que realiza el mismo acto por motivos no religiosos está exenta de culpa. Si el gobierno da un trato distinto a personas religiosas y no religiosas, es preciso que tenga razones muy poderosas para ello. En este caso, no existe una diferencia real entre el sacrificio de animales por individuos religiosos y otros cualquiera.

Alegato del gobierno: La ciudad alega que la ordenanza no está dirigida a las personas religiosas y que no las trata con parcialidad. La ordenanza se aplica a todos los ciudadanos, religiosos o no, que matan animales como parte de un rito o ceremonia, y que muchas de estas ceremonias no son religiosas. Los cazadores que matan por deporte, o los carniceros que matan para conseguir alimentos, lo hacen con un fin práctico, no como parte de una ceremonia. Sus actos son distintos del sacrificio ceremonial y, por tanto, deben recibir un trato distinto en la ley. A una persona no se le priva de su derecho constitucional al libre ejercicio de su religión cuando una ley se aplica de manera imparcial a todos los ciudadanos, religiosos y no religiosos. Esto es así incluso cuando la ley tiene el efecto de hacer a alguien difícil o imposible el ejercicio de su fe.

Fallo probable: Aquí, el tribunal fallará probablemente a favor de la iglesia utópica. Aun cuando la ordenanza parece aplicarse a todos sin consideración de creencias religiosas o carencia de ellas, evidentemente no da el mismo trato a las personas religiosas y a las que no lo son. La ordenanza se dictó deliberadamente para aplicarse a las personas religiosas que sacrifican animales en sus servicios religiosos, mientras que todas las demás que matan animales por otras razones están exentas de su cumplimiento. Se priva a una persona de su derecho al libre ejercicio de su religión cuando el gobierno la trata de distinta manera que a otra no religiosa, a menos que el gobierno demuestre: (1) que la ley obedece a una razón poderosa y  (2) que la ley es absolutamente necesaria para alcanzar ese objetivo. Aquí, las razones para limitar o impedir el sacrificio de animales no se aplican igualmente a personas religiosas y no religiosas. La única explicación razonable de esta distinción es la hostilidad del gobierno hacia la religión utópica.

Caso 3

Hechos comprobados: Michelle Rivers, de 14 años de edad, se graduó recientemente de una escuela pública de enseñanza media. La escuela organiza una ceremonia en honor de los estudiantes que se gradúan.  Estas ceremonias suelen ser muy importantes para los estudiantes y sus familias. La escuela invitó a un ministro a elevar unas plegarias al comienzo y al final de la ceremonia de graduación. Las plegarias sólo se referían a Dios en general, sin aludir a ningún credo en particular. Los estudiantes no estaban obligados a asistir a la ceremonia para graduarse. Rivers se ha querellado con la escuela porque cree que la Constitución no permite que una escuela pública patrocine plegarias en una ceremonia de graduación.

Alegato de la demandante: Rivers alega que al patrocinar las plegarias, la escuela (institución estatal) infringe la prohibición constitucional del establecimiento de religiones. Añade que el gobierno infringe la Constitución siempre que sus acciones indican respaldo a la religión, incluso genérica, frente a la secularidad, o cuando da su apoyo a la propagación de la religión. En este caso, al ofrecer plegarias en la ceremonia, el gobierno favorece la religión y da muestras de su deseo de apoyarla. Además, el gobierno está estableciendo religión al forzar a Rivers a rezar o, al menos, mostrar respeto por creencias que no respalda. El gobierno no puede condicionar su asistencia a la ceremonia, acontecimiento importante en su vida, a su demostración de respeto a la religión.

Alegato del gobierno: La escuela alega que Rivers no está obligada a demostrar  apoyo, ni siquiera respeto, a la religión. No está obligada a asistir a la ceremonia y, si asiste, no está obligada a rezar, ni siquiera a estar de pie, mientras los demás rezan. La escuela alega que no es ilícito apoyar o respaldar la religión. Con ello sólo se brinda a los asistentes a la ceremonia la oportunidad de expresar, si lo desean y las tienen, sus creencias religiosas. Las escuelas y otras instituciones oficiales han brindado estas oportunidades de rezar desde el nacimiento de la nación, y pocos dirían que estas prácticas históricas obligan a los ciudadanos a ser religiosos o a prestar algún tipo de apoyo tangible a la religión.

Fallo probable: En este caso, el tribunal probablemente fallará a favor de Rivers. El gobierno no puede obligar a Rivers a decidir entre asistir a la ceremonia de su graduación, importante acontecimiento de su vida, y expresar respeto a creencias que no comparte. No es lógico esperar que Rivers, menor de edad, se exponga a la reprobación de sus compañeros por negarse a ponerse en pie o a permanecer en la sala de actos mientras se ofrecen las plegarias durante la ceremonia. Por tanto, aparecerá a los ojos de todos los presentes como si estuviera rezando o, al menos, respetara la importancia de la oración. La Constitución no permite al Estado imponer la religión a los no creyentes. Además, el gobierno no puede usar su poder y sus recursos para propagar o alentar creencias religiosas. Al patrocinar el ofrecimiento de plegarias en una ceremonia pública, el gobierno indica a los asistentes su creencia en la importancia y bondad de la religión.  Cuando el gobierno indica que respalda creencias religiosas, establece la religión en infracción de la Constitución.

Caso 4

Hechos demostrados: El edificio del capitolio de Metrópolis, en New Hudson, está rodeado de un gran parque estatal en el que se levantan varios monumentos. Uno es una estructura de piedra de dos metros de altura en la que se ha grabado el texto de los Diez Mandamientos. El monumento está situado entre el edificio del Capitolio, sede de las cámaras legislativas y el Tribunal Supremo del estado. Una inscripción en el monumento indica que fue donado al Estado por un grupo de ciudadanos privados hace más de 40 años. Henry Mencken, vecino de Metrópolis, suele pasar frente al monumento cuando se dirige a su trabajo. Mencken no tiene creencias religiosas y le indigna que un monumento que el Estado posee y mantiene exprese apoyo a un credo religioso concreto. Acude a los tribunales para obligar al Estado a retirar el monumento.

Alegato del demandante: Mencken alega que al erigir un monumento con un mensaje religioso en terreno que el gobierno posee y administra, New Hudson establece una religión en contravención de la Primera Enmienda. Alega que cualquier persona razonable que pasea por el parque, una de las zonas públicas más importantes del estado, y lee el mensaje deduce que el Estado de New Hudson respalda las creencias religiosas expresadas en los Diez Mandamientos. Mencken alega qu ela Constitución  no permite al gobienr usar de su autoridad y sus recursos para dar su aval a un credo religioso determinado. Insiste en que el monumento debe ser retirado del terreno público.

Alegato del gobierno: El Estado alega que el monumento no contiene nada que refleje un intento estatal de establecer religión. El monumento no demuestra que New Hudson esté tratando de imponer la religión a sus ciudadanos, ni siquiera que respalde la religión. El monumento, que se levanta en un parque en el que hay más de otros 30 monumentos, sólo expresa el hecho histórico de que las creencias contenidas en los Diez Mandamientos eran de gran importancia para los fundadores del estado. La mayoría de las personas que pasan por el parque y leen el texto grabado en el monumento lo ven sólo como uno de tantos monumentos en los que se reconoce algo importante sobre la historia de New Hudson. No lo ven como un mensaje de lo que el Estado de New Hudson ahora cree con respecto a la religión. El monumento no tiene nada que infrinja la ley, alega el gobierno, y debe permanecer en su sitio.

Fallo probable: En este caso, el tribunal probablemente fallará a favor del estado local. El monumento no expresa ninguna creencia ni apoyo a la religión. Más bien, hace una declaración de la importancia de la religión en la historia de New Hudson. La mayoría de las personas creen que el monumento contiene un mensaje histórico, no religioso, porque está rodeado de otros monumentos e indicadores que también contienen mensajes históricos. Es igualmente obvio que la mayoría de las personas que han visto el monumento no creen que el gobierno les imponga un mensaje religioso, ya que el monumento ha ocupado el mismo lugar durante muchos años sin dar lugar a reclamos.  La población del estado local lo acepta como parte de su historia y, por consiguiente, no se puede interpretar como un intento del gobierno de establecer religión en contravención de la Constitución.

Las opiniones expresadas en este artículo no reflejan necesariamente los puntos de vista ni las políticas del gobierno de Estados Unidos.

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