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  • La Carta de Derechos
    • 1a.
      • Libertad religiosa, de expresión y de prensa; derechos de reunión y petición
        El Congreso no aprobará ninguna ley que se aboque al establecimiento de religión alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma; o que coarte la libertad de expresión o de prensa; o el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y a solicitar del Gobierno la reparación de agravios.

    • 2a.
      • El derecho de portar armas
        Siendo necesaria para la seguridad de un Estado libre una Milicia bien organizada, no se deberá coartar el derecho del pueblo a poseer y portar Armas.

    • 3a.
      • El alojamiento de soldados
        En tiempos de paz, ningún Soldado será alojado en vivienda alguna sin el consentimiento del Propietario; ni tampoco lo será en tiempos de guerra, salvo en la forma que prescriba la ley.

    • 4a.
      • Órdenes judiciales de allanamiento y arresto
        No se violará el derecho del pueblo a la seguridad en sus personas, hogares, documentos y pertenencias, contra allanamientos e incautaciones fuera de lo razonable, y no se emitirá ningún Mandamiento judicial para el efecto, si no es en virtud de causa probable, respaldada por Juramento o promesa, y con la descripción en detalle del lugar que habrá de ser allanado y de las personas o efectos que serán objeto de detención o incautación.

    • 5a.
      • Los derechos en los juicios penales
        Ninguna persona será obligada a responder por un delito capital o infamante si no es en virtud de denuncia o acusación por un Gran Jurado, salvo en los casos que ocurran en las fuerzas armadas de mar y tierra, o en la Milicia, cuando estén en servicio activo en tiempos de Guerra o de peligro público; ni podrá persona alguna ser sometida dos veces, por el mismo delito, a un juicio que pueda ocasionar la pérdida de su vida o de su integridad corporal; ni será compelida a declarar contra sí misma en ningún proceso penal, ni será privada de su vida, su libertad o sus bienes sin el debido procedimiento legal; ni se podrá expropiar una propiedad privada para destinarla a uso público sin la justa compensación.

    • 6a.
      • El derecho a un juicio imparcial
        En todas las causas penales, el acusado gozará del derecho a un juicio expedito y público, por un jurado imparcial del Estado y distrito en el cual haya sido cometido el delito, distrito que será previamente fijado de acuerdo a la ley; y a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; a carearse con los testigos en su contra; a que se adopten medidas compulsivas para la comparecencia de los testigos que cite a su favor y a contar con la Asistencia de un Abogado para su defensa.

    • 7a.
      • Los derechos en los juicios civiles
        En Litigios bajo el derecho consuetudinario en los que el valor objeto de controversia exceda de veinte dólares, se mantendrá el derecho a juicio por jurado, y ningún hecho que haya sido juzgado por un jurado podrá ser revisado por Tribunal alguno de Estados Unidos, si no es de acuerdo con las reglas del derecho consuetudinario.

    • 8a.
      • Fianzas, multas y castigos
        No se requerirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas ni castigos crueles e inusuales.

    • 9a.
      • Derechos que el pueblo se reserva
        La inclusión de ciertos derechos en la Constitución no se debe interpretar como la denegación o la restricción de otros derechos que el pueblo se haya reservado para sí mismo.

    • 10a.
      • Poderes retenidos por los Estados y por el pueblo
        Las facultades que esta Constitución no delegue expresamente al Gobierno Federal, ni prohíba a los Estados, quedan reservadas respectivamente a los Estados o al pueblo.

Tema destacado

  • El Congreso de Estados Unidos

    La tarea primordial del Congreso es redactar, debatir y aprobar proyectos de ley que más tarde se envían al presidente para su aprobación, al igual que controlar las políticas fiscales y de gastos de ámbito federal; asimismo, tiene la autoridad para investigar y supervisar la gestión del poder ejecutivo y sus organismos.

Este documento de más de 200 años de antigüedad, es la estructura por la que EE.UU. se gobierna hoy en día. En raras ocasiones se modifican sus palabras, pero su aplicabilidad cambia a través de la historia.

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    Las instituciones de los gobiernos democráticos son elementos necesarios para que exista un funcionamiento eficaz y justo. Garantizan las libertades civiles y aseguran la conducta ética del gobierno y del Estado. Transcripción

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